CONSIGA EL CERTIFICADO ENERGÉTICO EN GRANADA SIN PROBLEMAS.
Con el Certificado de Eficiencia Energética, y mediante la Etiqueta de Eficiencia energética, se asigna a cada edificio una Clase Energética de Eficiencia, que variará desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes..
Nos ocupamos de todos los trámites para que Usted consiga el Certificado Energético lo más rápido posible.
LLÁMENOS SIN COMPROMISO:
Somos expertos profesionales. Nosotros realizamos todos los trámites para conseguir su certificación energética:
VISITA DEL TÉCNICO CUALIFICADO PARA REALIZAR LA CERTIFICACIÓN.
Tras contactar con nosotros, concertaremos una cita para visitar su inmueble. Esta visita es obligatoria para realizar el certificado energético según establece la legislación y en ella el técnico se encargará de realizar un croquis del inmueble, tomará las medidas necesarias del mismo y revisará los cerramientos, materiales de la fachada e instalaciones de climatización, calefacción y agua caliente.
CÁLCULO DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO.
El cálculo del certificado energético se realiza mediante un programa informático en el cual el técnico introduce los datos recogidos. Utilizamos los programas informáticos CE3 y CE3X, los cuales son herramientas informáticas promovidas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del IDAE, y por el Ministerio de Fomento, que permite obtener la certificación de eficiencia energética de un edificio existente.
REGISTRO DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO.
A continuación debemos presentar el certificado energético ante el registro habilitado para ello en cada comunidad comunidad autónoma. Nosotros nos encargamos, como técnico certificador, de realizarle este trámite.
OBTENCIÓN DE LA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.
Tras presentar el certificado energético en el registro habilitado, este se encarga de emitir la Etiqueta de eficiencia energética de cada certificado energético. Esta etiqueta expresa la calificación energética obtenida por el inmueble en una escala de la A a la G, siendo la A la calificación más eficiente y la G la menos eficiente.
DESPREOCÚPESE, NUESTRO TÉCNICO CERTIFICADO SE ENCARGA DE TODO.
Tenemos un técnico cualificado para que usted no tenga que preocuparse por nada. Nos ocupamos de la realización de todos los trámites técnicos y administrativos de manera rápida y profesional.
¿QUIÉN DEBE REALIZAR EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
El Certificado de Eficiencia Energética de Edificios es obligatorio para cualquier casa, piso o local que se quiera vender o alquilar. Esta obligación rige desde el 1 de junio de 2013 y desde entonces es obligatorio para todo alquiler o venta de (pisos, casas, locales y oficinas), tener un Certificado de Eficiencia Energética.
¿DÓNDE SE DEBE INCLUIR EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
La Etiqueta de Eficiencia Energética se debe incluir en cualquier anuncio, oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. Igualmente es obligatorio, según establece la normativa, que en dicha etiqueta debe figurar siempre, de forma clara e inequívoca, si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto o al del edificio terminado.
¿CUÁL ES LA NORMATIVA BÁSICA QUE REGULA EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
Este es un dato importante. Como dato reseñable, una certificación de eficiencia energética de edificios solo puede estar expedidos por profesionales cualificados, (arquitectos, arquitectos técnicos,ingenieros, ingenieros técnicos, etc.). Nosotros le garantizamos que su certificado lo realizará un técnico cualificado.
¿QUÉ EDIFICIOS ESTÁN AFECTADOS POR LA NUEVA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE VIVIENDAS?
Según establece el Real Decreto 235/2013 de 5 de Abril, que regula la certificación energética de los edificios existentes viviendas unifamiliares, pisos o locales a partir del 1 de Junio de 2013, este procedimiento de certificación será de aplicación a:
- Los edificios de nueva construcción.
- Aquellos edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
- En los edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.
Igualmente, el Real Decreto 235/2013, excluye de su ámbito de aplicación a:
- Los edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.
- Aquellos edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
- Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
- A los edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
- Los edificios o a las partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m22.
- Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.
- Aquellos edificios o aquellas partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
DEJESÉ ASESORAR POR UN EXPERTO. NO SE DEJE ENGAÑAR.
- El certificado es un documento, que solo puede ser suscrito por un técnico cualificado y que contiene tanto información sobre las características energéticas del edificio o unidad del edificio como su calificación energética.
- La certificación es el proceso que conduce a la expedición del certificado.
- Y la calificación es una medida de la eficiencia energética de un edificio o parte de él, que se mide mediante un método determinado y se expresa a través de una serie de indicadores energéticos.
- La etiqueta de eficiencia energética es el distintivo gráfico, configurado como una escala de letras y colores y que en algunos edificios, pisos, casas o locales es obligatorio que permanezca a la vista del público.
INTERPRETACIÓN DE LA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.
El Modelo oficial de Etiqueta que exige el Ministerio de Industria, Energía y Turismo de España es el siguiente:
- Borde de la Etiqueta de Certificación Energética.
- Esquina de la etiqueta.
- Borde inferior de la etiqueta.
- Cabecera de la etiqueta.
- Título de la etiqueta.
- Código BIDI.
- Datos indentificativos del inmueble.
- Sección de la etiqueta destinada a la Escala de Calificación Energética.
- Escala energética (A, la más eficiente; G, la menos eficiente).
- Calificación energética.
- Registro.
- Pié de etiqueta.
- Logotipo de la Unión Europea.
MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA INFORMACIÓN ENERGÉTICA.
Puedes encontrar más información sobre la certificación energética de edificios en la página oficial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Y si quieres descargar alguno de los modelos relacionados con la certificación energética lo puedes hacer desde aquí.
También puedes encontrar más modelos oficiales e información a nivel de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la página oficial del Registro Andaluz de Certificados Energéticos.
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Todos estos servicios los realizamos con total profesionalidad y garantía así como con unos precios competitivos.
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Trabajamos en Granada y provincia. No dude en pedir presupuesto sin compromiso.